Micelio
Auto27 de marzo de 2019

A- de 2019

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Norys Orozco Escorcia·Demandado Caja De Prevision Social Municipal De Salamina

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Civil Municipal de Santa Marta y el Juzgado Promiscuo Municipal de Salamina (Magdalena).

La controversia se fundó en las diferentes interpretaciones que hicieron los despachos involucrados del factor territorial.

Teniendo en cuenta que los dos despachos son competentes para tramitar la acción de tutela interpuesta, la Corte considera que quien debe conocer de la misma es el de la ciudad de Santa Marta, en atención a la elección que hizo la accionante.

Se remite el expediente a dicha autoridad para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo que corresponda.

Al otro juzgado se le advierte que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuesta en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 22 de enero de 2019 proferido por el Juzgado
  2. Primero. Civil Municipal de Santa Marta (Magdalena), dentro del tramite de la accion de tutela formulada por la senora Norys Orozco Escorcia contra la Caja de Prevision Social del Municipio de Salamina, el Fondo de Pensiones del Municipio de Salamina y la Alcaldia del Municipio de Salamina.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3580 al Juzgado
  4. Primero. Civil Municipal de Santa Marta (Magdalena) para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Salamina (Magdalena) que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  6. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte accionante y al Juzgado Promiscuo Municipal de Salamina (Magdalena) la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.